RSS Feed

 

 

 




 

 

 

 

 

 

 

 Próximos eventos:

- GALA FOTOPRIMAVERA 2024 (10.07.24).

- Aula Morán (04.07.24): "¿Como afecta el cambio climático a la ocurrencia de récords de calor? Herramientas estadísticas para su análisis".

 

  

 Últimos eventos:

 

 

Login

Desastres naturales

  • Ecocidio: justicia para las víctimas del crimen ambiental

    5 - 6 minutos

    El número de víctimas de desastres ambientales está aumentando y se espera que lo siga haciendo en el futuro. Sin embargo, el ecocidio como crimen internacional ha permanecido invisibilizado. La oposición de ciertos estados, movidos por intereses económicos y por lobbies empresariales, han postergado su reconocimiento.

    Es necesario reconocer el ecocidio como crimen. Se trata de la respuesta de la comunidad internacional a la defensa del planeta y a la justicia universal.

    Miles de desplazados y enfermos

    Los desastres ambientales no han dejado de sucederse. Han producido innumerables daños humanos que se perpetúan y afectan a generaciones presentes y futuras.

    El accidente químico de 1984 en Bhopal (India) provocó el desplazamiento de más de 200 000 personas. Además, causó 20 000 muertos y 500 000 damnificados. El desastre continúa debido a la saturación del suelo con productos químicos.

    Una zona de 30 000 kilómetros en Chernóbil (Ucrania) permanece todavía deshabitada y contaminada desde 1986. La Unión Soviética evacuó a 335 000 personas. La contaminación radiactiva tiene una media de vida de 25 000 años.

    En 1989, en Alaska, el vertido de la petrolera Exxon Valdez provocó contaminación a muy largo plazo. La alteración de la cadena alimentaria y el ecosistema de las costas aún persiste.

    En España, entre 1965 y 2002 se han sucedido los vertidos de buques en la costa gallega. El hundimiento del Prestige en 2002 causó una marea negra en alrededor de 3 000 kilómetros de costa. Hubo que esperar al 2018 para obtener una sentencia definitiva.

    Voluntarios limpiando las playas gallegas tras el vertido del Prestige. Stéphane M. Grueso / FlickrCC BY-SA

    En 2010, se produjo el hundimiento de la plataforma Deepwater Horizon de la petrolera británica British Petroleum. Causó pérdidas humanas y efectos irreversibles en la flora y la fauna en el Golfo de México. La recuperación económica y social de la zona aún está lejos de alcanzarse.

    Tras el accidente nuclear de 2011 en Fukushima (Japón), 99 000 personas continúan desplazadas. El riesgo de la radiación es una preocupación en áreas donde las órdenes de evacuación del Gobierno han terminado.

    En China, 80 millones de personas fueron desplazadas por megaproyectos (represas, embalses) entre 1950 y 2015. En la India, 65 millones entre 1947 y 2010.

    Desde que Bolsonaro asumió el poder, la Amazonía brasileña ha perdido más de 3 000 kilómetros cuadrados de bosque. Se han reducido y eliminado los esfuerzos para combatir la tala, minería y explotación ganadera ilegales.

    En 2020 se produjo el vertido de más 20 000 toneladas de combustible en el círculo polar ártico. La causa: el derrumbe de un depósito de combustible de la central termoeléctrica en la ciudad de Norilsk. La escala del desastre es comparable al accidente del Exxon Valdez de hace 30 años.

    Imágenes de satélite que muestran el derrame de unas 20.000 toneladas de diésel en Norilsk. ESA.

    Las víctimas

    Los desastres ambientales no afectan a todos por igual. Sus consecuencias son proporcionales a la vulnerabilidad de las comunidades y territorios. El escaso desarrollo socioeconómico limita la capacidad de resistir. Por eso ciertos grupos de personas o regiones del mundo son más vulnerables.

    Las víctimas se enfrentan a dificultades similares a las que padecen las personas afectadas por los conflictos armados. El desastre ambiental incide directamente en los derechos humanos. Pierden su grupo familiar, vivienda, territorio, documentación y propiedad. Se amenaza su vida, integridad, libertad y seguridad personal.

    El daño se perpetúa, impide el ejercicio de sus derechos a las generaciones presentes y futuras. Nos encontramos ante una victimización difusa, oculta incluso. Muchas de estas víctimas no han nacido todavía.

    El daño, el peligro, se produce de forma lenta, gradual y no inmediata. La víctima tiene un carácter colectivo e intergeneracional. No solo es humana, abarca ecosistemas y otras especies. El impacto se produce en detrimento de la toda la colectividad, sobre bienes comunes a la humanidad.

    Reconocimiento del ecocidio como crimen

    El Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que entró en vigor en 2002, reconoce cuatro crímenes internacionales: genocidio, crímenes de guerra, crímenes de lesa humanidad y agresión. La justicia universal cerraba las puertas a las víctimas del crimen ambiental. No se incluyó el crimen ecológico internacional.

    El borrador del Estatuto de Roma, en su redacción original, incluía los delitos medioambientales como quinto crimen. Contó con el voto favorable de 50 países. Se suprimió por la oposición de países como Francia, Holanda y Estado Unidos.

    En el presente siglo, Polly Higgins defendió la primera definición legal de ecocidio ante la ONU en 2010. Su propuesta originó el movimiento social End Ecocideon Earth en Europa.

    En 2012, surgió la iniciativa Acabemos con el ecocidio en Europa: una iniciativa ciudadana para dar derechos a la tierra. Su objetivo: proponer una directiva sobre el ecocidio y lograr una normativa uniforme en el ámbito europeo. El proyecto no prosperó.

    El ecocidio reconoce que los graves daños medioambientales no son un problema local, sino que afectan a la comunidad internacional e inciden en los derechos humanos. Ante la debilidad de los derechos nacionales para sancionar a las empresas multinacionales y corporaciones públicas o privadas, debe actuar la justicia penal internacional.

    La justicia universal

    La justicia penal internacional actúa sobre la base del principio de complementariedad con las jurisdicciones nacionales. En los casos en que los estados no ejerzan su competencia, o no estén en condiciones de hacerlo.

    Las víctimas ambientales buscan la no impunidad y la justicia. Se enfrentan a un problema de graves y grandes dimensiones: su supervivencia y la de los ecosistemas. Negarles la justicia universal supone cerrar su visibilidad y reconocimiento. Es no reconocer el carácter global y la dimensión del conflicto.

    Nos encontramos ante una dimensión jurídico-supranacional, lo que obliga a la intervención del derecho penal internacional. Ya sea desde tribunales nacionales o internacionales, debe aplicarse, en suma, una justicia universal.

    Fuente: Margarita Trejo Poison

     

  • Las migraciones climáticas, otro efecto del calentamiento global

     

    No es tarea fácil cuantificar las migraciones motivadas por cuestiones medioambientales derivadas de la crisis climática. La relación entre migración y cambio climático es compleja. Los condicionantes ambientales no actúan como únicos factores determinantes de la movilidad de las personas; se conjugan con procesos económicos, sociales o políticos.

    Algunas iniciativas como la liderada por el Internal Displacement Monitoring Centre (IDMC) trabajan en la afinación de métodos, registro y monitoreo del desplazamiento interno por desastres climáticos.

    El último informe del IDMC señala que cerca de 1 900 desastres provocaron unos 24,9 millones desplazamientos en 140 países en 2019. Esta es la cifra más alta registrada y triplica el número de desplazados por conflictos y violencia.

    Según este trabajo, la mayor parte de los desplazamientos por desastres naturales registrados se produjo en las regiones de Asia Oriental y Pacífico y Sur de Asia como consecuencia de las lluvias, monzones, tifones, terremotos y los ciclones Fani y Bulbul, que afectaron especialmente a India y Bangladesh. África Subsahariana vio cómo se desplazaban 3,4 millones de personas por inundaciones generalizadas y por los ciclones Idai y Kenneth.
    Migrantes, no refugiados
    La expresión refugiado climático goza de cierto predicamento en los medios de comunicación para referirse a los desplazamientos de la población por causas vinculadas al clima. Sin embargo, el concepto es confuso puesto que la figura del refugiado climático no es recogida por el derecho internacional y ello dificulta su protección y cuantificación.

    La convención de Ginebra de 1951 reconocía como refugiado a “una persona que se ve obligada a cruzar una frontera por temor a ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un grupo social particular u opinión política”.

    La definición fue ampliada posteriormente para incluir razones vinculadas a la conflictividad social, pero no al clima ni tampoco a la escala regional o interna. Por esta razón es más pertinente referirse a desplazados que a migrantes internacionales.

    La Organización Internacional de las Migraciones (OIM) propone una definición operativa para designar los migrantes climáticos:

    “Los migrantes por motivos ambientales son personas que, debido a cambios repentinos y graduales en el medio ambiente que inciden negativamente en sus condiciones de vida, se desplazan de manera temporal o permanente a otras partes de su propio país o fuera del mismo.

    OIM, 2011.

    Los efectos de una crisis ecológica global
    La crisis ecológica y el calentamiento global producidos por la acción humana generan una aceleración del deshielo, un aumento del nivel del mar, una acidificación de los océanos, una reducción de la biodiversidad, cambios en los ciclos del agua o pérdida de fertilidad de los suelos, así como fenómenos meteorológicos extremos.

    Todos estos efectos tienen un profundo impacto sobre la salud alimentaria y las reservas de agua y, por tanto, sobre la salud de la población y acentúan la migración y los conflictos. Por ejemplo, la escasez de agua, las sequías persistentes y la progresiva desertificación conllevan hambrunas y generan o profundizan conflictos geoestratégicos.

    Los desplazamientos por motivos climáticos no son una cuestión nueva en la historia de las migraciones. El proceso de cambio climático genera modelos de migración diferentes y aunque la crisis climática se encuentra en el centro de las causas de los desplazamientos, es difícil aislarla de otras razones asociadas.

    Tipos de migraciones climáticas
    Un tipo de migración forzosa con trasfondo climático puede situarse en el contexto de éxodo hacia las grandes áreas urbanas en las regiones en vías de desarrollo. Este proceso de urbanización, si no está debidamente planificado, genera déficit de vivienda, de servicios y equipamientos e impacta sobre el bienestar de la población.

    Los efectos graduales del cambio climático, como las temperaturas extremas y sequías, llevan a desplazamientos más progresivos. De esta manera, la migración es una estrategia de supervivencia cuando las comunidades no pueden hacer frente a la inseguridad alimentaria que afecta directamente a los medios de vida (agricultura, ganadería, pesca, recolección).

    La migración temporal por tensión climática puede ayudar a una familia a incrementar sus ingresos enviando a un emisario a trabajar en un empleo remunerado, recibiendo las remesas y consolidando redes futuras.

    Las transformaciones económicas derivadas del cambio climático provocan nuevos desplazamientos. La afectación sobre los sistemas de producción agroalimentaria basados en la utilización masiva de agua repercute en el desplazamiento tanto en los países del norte como en el sur.

    Por último, efectos abruptos o sobrevenidos del cambio climático como ciclones, lluvias torrenciales e inundaciones generan desplazamientos internos a corto plazo.

    ¿Cómo se cuentan los desplazamientos que se producen?
    La complejidad de las migraciones climáticas conlleva que cuantificarlas sea una tarea complicada. En primer lugar, por la dificultad de aislar la causa última, siempre vinculada a los procesos de urbanización, cambio de la actividad económica, conflictos bélicos, étnicos o intereses geoestratégicos.

    En segundo lugar, por la dificultad en la obtención de registros y datos. La disponibilidad de fuentes es escasa, teniendo en cuenta, además, que muchos de los movimientos son internos.

    Contabilizar estos desplazamientos supone retos, sobre todo, relacionados con la determinación de motivos (aislar las migraciones motivadas por cambios climáticos progresivos y no sobrevenidos como sequías o pérdida de fertilidad del suelo), el tiempo del desplazamiento y la elección del destino o en las condiciones en las que se produce el retorno si lo hubiere.

    La crisis climática y las migraciones no se detienen por la covid-19, aunque la pandemia puede obstaculizar los desplazamientos por desastres naturales y disminuir la eficacia de la prestación de asistencia.

    Las personas desplazadas por este motivo son más vulnerables en términos de salud y al impacto social y económico. A los riesgos medioambientales se añade la pandemia, que provoca una parada de la migración laboral y una crisis en las remesas.

    Fuente: